Quien
adquiera una casa estará obligado a habitarla
o
a venderla a un precio justo dentro
del periodo de un año.
En
principio, su incumplimiento no será sancionado.
Todo
propietario tendrá la oportunidad de cederla gratuitamente en los seis meses siguientes o, en su defecto,
estará obligado a destruirla previo pago de las tasas
e
impuestos de demolición vigentes, calculados sobre su valor real.
m.m.c. - 30-10-13